Los sistemas fotovoltaicos de conexión a la red eléctrica, se enmarcan dentro del Plan de Fomento de las Energías Renovables elaborado por el Gobierno Español con el objeto de cumplir los acuerdos firmados en el protocolo de Kyoto, en el que se acordó que el 12 % de energía primaria consumida en el estado Español debe de provenir de fuentes renovables, para reducir de una forma importante las emisiones de CO2 a la atmósfera.
En este sentido, el Gobierno Español, con el fin de impulsar la implantación de sistemas de producción de energía eléctrica en régimen especial, utilizando tecnologías limpias, ha desarrollado toda una serie de legislación que establece el régimen jurídico en el cual se enmarca, entre otros sistemas, la producción de energía eléctrica mediante sistemas fotovoltaicos.
Mediante el Real Decreto 661/2007 de 12 mayo, “por el que se regula la actividad de producción de energía elécrica en régimen especial” se establece en el Art. 36 las tarifas y primas correspondientes a las instalaciones de energía solar fotovoltaica de conexión a red.
potencia < 100 kW |
primeros 25 años | 44,0381 c€/kWh |
| a partir de entonces | 35,2305 c€/kWh |
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100 kW < Potencia < 10 MW |
primeros 25 años | 41,7500 c€/kWh |
| a partir de entonces | 33,4000 c€/kWh |
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10 < Potencia < 50 MW |
primeros 25 años | 22,9764 c€/kWh |
| a partir de entonces | 18,3811 c€/kWh |
Estas tarifas són aplicables, segun el nuevo decreto, siempre y cuando esten conectadas antes del 30 de septiembre de 2008. A partir de esta fecha, se aplicara la nueva normativa-